Somos Personas con limitaciones pero capacitadas

 
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Personas con Limitaciones de Perú.

 

Prometí escribirle y haré un resumen de lo que considero su preocupación, haré paralelamente una sinopsis de mi vida.

Nací el 26 de Agosto de 1943 y por diversas causas recién empecé a estudiar la universidad el año 1968, de modo que en 1972, debido a imprevistas reformas universitarias me encontraba recién cursando el 8vo ciclo de la carrera de Psicología, pero no pude culminarlo debido a un accidente automovilístico en Mollendo, sur del Perú.

Cuando me llevaron al hospital de esa localidad, en un nosocomio inaugurado hacia unos pocos años había el instrumental para operarme pero no el especialista, de modo que tuvieron que trasladarme en una ambulancia hacia la ciudad mas cercana,  a120 kilómetros, con la consiguiente pérdida de tiempo en una cirugía neurológica, lo cual es crítico y determinante.

Hoy el 2011 ese hospital sigue padeciendo la misma problemática, no tiene especialistas, es decir la tan publicitada descentralización no ha surtido efecto. Tuve que recurrir a Lima, la capital para recuperarme, pero ni aquí logré obtener resultados óptimos. Lo correcto hubiera sido que viaje a Cuba, allí si hubieran dado solución a mi caso, pero cuando lo solicité me denegaron la salida.

Hoy a los 68 años de edad, después de haber transcurrido 36 años en silla de ruedas estoy sin fémur derecho y ayer estuve en un hospital de EsSalud (seguridad social peruana) donde un médico me dice que probablemente tenga una osteomielitis y que debo someterme a una cirugía especializada. Esto que me viene sucediendo es producto de una lesión isquiática como consecuencia de un aparato ortopédico inadecuado que se me indicó el año 1973 en un hospital de la seguridad social de entonces (Rebagliatti), posteriormente fui intervenido quirúrgicamente pero nunca con la presencia de un traumatólogo, siempre se hacía un trabajo de cirugía reparadora muy superficial, nunca se investigó la parte ósea, hoy se me dice que el problema reside allí y que debió ser atendido hace mucho tiempo atrás. Recuerdo cierta vez le dice a un cirujano de EsSalud que se requería la presencia de un traumatólogo, pero el me respondió asi:” a mi se me ha indicado una plastía, de modo que eso haré...” era el año 1994. Si esa vez hubiera intervenido un traumatólogo hoy no hubiera perdido la cabeza del fémur y no estaría frente a este problema. Es decir, la atención de la salud en Perú es improvisada y superficial, se solucionan los casos de manera tangencial no de manera integral.

Bueno durante todos estos años me preocupé por mi futuro y lo primero que hice en 1973 fue recurrir a la Universidad Inca Garcilaso de la Vega e intentar culminar mi carrera, lamentablemente me dijeron que era imposible que la infraestructura física impediría mi accesibilidad a las aulas.

En ese entonces ninguna universidad me daba las facilidades para culminar mi carrera, de modo que opté por los cursos a distancia y así pude obtener un Diploma de Psicólogo Empresarial. Posteriormente estudié varios cursos en diversos Institutos y la Universidad Antunez de Mayolo, es decir cursos a distancia y otros presenciales pero cortos. Gracias a ello es que hoy puedo asesorar ad honorem a Personas con Discapacidad (PcD) aunque no trabajo debido a mis limitaciones físicas y mi edad.

Sobrevivo gracias a una pensión que recibo del estado, hoy también por ello accedo a EsSalud que palia en algo mis urgencias sanitarias aunque puedo observar que no es suficiente.

Ahora comprendo porque muchos pacientes fallecen antes de tiempo y con dolencias, que de haber sido atendidas de manera acertada y a tiempo hubieran sido superadas y las personas hubieran estado mas tiempo cerca de su familia y seres queridos, esto es algo que puede sucederme a mi en cualquier momento. El año 2001 estuve a punto de fallecer debido a una sepsis que me postró y se tuvo que recurrir a la alimentación enteral por dos meses para mantenerme con vida, y esto gracias a la presión que se hizo, logró que "alguien se acordara" que en el almacén existía una bomba para alimentación entral (?).

Pero volviendo al tema que a Ud. le motivó llamarme por teléfono le diré lo siguiente:

La educación superior, siendo tan necesaria para que muchas personas jóvenes se profesionalicen y tecnifiquen, no obstante no es fácilmente accesible a las personas con discapacidad por muchas razones.

 

1.- Por razón de salud

2.- Barreras arquitectónicas

3.- Por economía

4.- Por falta de efectividad legal.

 

Por razón de salud.- Obviamente la discapacidad ya es ausencia de salud, pero me refiero a que los efectos colaterales de algunas enfermedades empeoran la situación o la ausencia de ayudas ortopédicas para darle cierta independencia a las PcD . Veamos, en caso de discapacidades motoras, la falta de sillas de ruedas, muletas, prótesis y la presencia de ulceras de cubito  o las heridas en los muñones. La sillas de ruedas de muchas instituciones del país están viejas y arruinadas, en los hospitales hacen falta y las que existen están deterioradas, hay casos en los que la gente debe cargar en peso a los pacientes para que sean atendidos, eso sucedió por ejemplo en el Hospital Almenara de EsSalud, en pleno centro de Lima, la capital de la república. Lo vi con mis propios ojos, el año 2008.

En caso de otras limitaciones hacen falta los tratamientos médicos que pudieran aliviar en alguna manera las secuelas de cada enfermedad, espasmos, crisis, desmayos, u otras súbitas reacciones propias de cada caso, lo cual no podría ser atendido en una universidad, ocasionaría problemas en el desarrollo de clases.

Por ultimo la falta de insumos médicos que facilitarían la tranquilidad de los pacientes en situación ambulante, lo cual les quita independencia para estudiar.

Las barreras arquitectónicas.- Son la mas alta causa de imposibilidad para estudiar, del  mismo modo la falta de ayudas tecnológicas para invidentes y sordo mudos, lo cual dificulta que ellos accedan a las explicaciones en aula y a los trabajos de grupo, es decir no podrían integrarse para realizar estudios. Las barreras arquitectónicas son incluso obstáculo para asistir a otras oficinas publicas y ambientes municipales o del gobierno como municipalidades, ministerios, poder judicial incluso el mismo palacio legislativo. El Banco de la Nación de Comas no tiene rampa, el Banco Interbank de Comas tampoco, lo que es peor cierto día dos miembros de la policía que estaban en la puerta se negaron a ayudarme a subir. (11.11.2011)

Por economía.- Es quizá lo mas notorio, debido a que el común de la gente apenas accede en el mejor de los casos a sueldos que promedian los 200 dólares, pero estamos hablando de quienes tienen el privilegio de trabajar, la mayor parte de gente tiene trabajos ocasionales y luego no accede a la seguridad social ni a compensación por tiempo de servicios, menos a vacaciones o gratificaciones por navidad , escolaridad y fiestas patrias, y esto es incluso en los estamentos de trabajadores del sector público, lo cual es en si un escándalo. De ello me percaté cuando investigué lo concerniente a los trabajadores de los Red Clas o sea el personal asistencial del sector salud en diversas provincias del país.

Las mensualidades en las universidades particulares son altas, no accesibles a nuestra población, quienes van a esas universidades son personas que tienen para pagar cientos de dólares, lo cual resulta privilegio de una clase social que puede cubrir esos gastos, salvo casos de alumnos que trabajan y estudian a medio tiempo lo cual es loable, pero cómo esperar eso de una persona con discapacidad que apenas puede cubrir sus necesidades alimenticias? Muchos de ellos sin seguro social, vivienda, etc.

La falta de efectividad legal.- Se traduce en la ausencia de efectividad del marco legal existente, me refiero a la Ley Universitaria, Constitución de la Nación, Ley 27050, la Ley General de Educación, corresponden a 1983, 1993, 1999 y 2003 respectivamente,  son dispositivos literarios, enunciativos, no efectivos en su aplicación. Generalmente la ley es burlada por quienes están obligados a cumplirla o hacerla cumplir, de modo que las facilidades redactadas en la ley 27050 no es una realidad, es simplemente un hermoso poema jurídico.

No hay facilidades para el ingreso a las universidades, no hay acceso a la salud, EsSalud ha implementado Contratos Potestativos que resultan segregacionistas para quienes tienen determinadas enfermedades ya que no cubre esos casos. EsSalud se ha convertido en un gran negocio y las empresas no están interesadas en contratar a personas con discapacidad ya que ello les resultaría causa de pérdida. Los casos que vemos publicitados son aquellos que están bajo un régimen protegido, generalmente casos que levantan la imagen de ciertas empresas o centros educativos de gente adinerada o quizá de grupos sociales que están tras una empresa que busca figuración. No es una regla general el cumplimiento de las leyes que supuestamente han sido dadas para proteger a las personas con discapacidad. Conozco casos de personas que han fallecido por falta de atención, o por inadecuada atención asistencial. Se de un caso en que un niño con epilepsia fue considerado contagioso, eso indica la falta de información y también por la insensibilidad existente. Personalmente sufrí la afrenta de un cirujano que me dijo que me daba de alta porque necesitaba esa cama para una persona “que produce”, esto indica que hay una mentalidad negativa hacia nosotros.

Le alcanzo dos documentos que le serán útiles, fueron redactados por personas ilustradas en el tema uno es del vice Ministro de Educación Sr. Idel Vexler Talledo y la Srta. Carmen Victoria Peredo Cavaza

Mucho se ha escrito y legislado sobre los derechos que las  PcD gozan y se insiste en la igualdad de oportunidades educativas, laborales y sociales y se nos reconoce como sujetos activos y merecedores de estos derechos, pero eso solo en la letra.

Se dice que las personas con discapacidad tienen los mismos derechos humanos y libertades fundamentales que otras personas (…) Y que estos derechos, incluido el de no verse sometido a discriminación fundamentada en la discapacidad, dimanan de la dignidad y de la igualdad que son inherentes a todo ser humano, sin embargo en Perú vemos como inclusive los mismos militares heridos en acción, o por efecto de la  subversión se encuentran limitados se encuentran en situación de abandono y postergación lo que muchas veces les lleva a protestas masivas.

No se puede negar que hay centros de educación especial y entidades que se preocupan por atender a PcD pero la cobertura es mínima, debemos considerar que el sistema es incapaz de atender a la población regular, cunde el desempleo, el subempleo y la ineficacia para atender a la masa poblacional, menos lo harán por el sector al que ellos en el fondo consideran improductivo, es decir no hay previsión en el sistema de seguridad social y los recursos económicos son derivados a gastos superfluos y ser diluyen en la corrupción e inmoralidad generalizada en muchos actos de gobierno.

Podemos apreciar en las siguientes líneas publicadas en la pagina del CONADIS como se trasluce la inoperancia del sistema:

El Dr. Carlos Merino De Lama, Presidente del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad, CONADIS – MIMDES, Informó:
Que se ha programado diferentes actividades para los días 6, 7 de Enero, que contará con la presencia de Autoridades del Poder Ejecutivo; con motivo de celebrarse el 6to. Aniversario de Vida Institucional.

Merino de Lama comentó que CONADIS a lo largo de estos seis años, se ha fortalecido con las propuestas de los Gremios de personas con discapacidad, que les ha permitido desarrollar diversas iniciativas jurídicas, sociales, laborales, culturales, políticas y acciones de descentralización del tema de la discapacidad. De igual modo, que la población en referencia dispone entre otros, de tres valiosos instrumentos normativos: Plan de Igualdad de Oportunidades – PIO, que formaliza la responsabilidad intersectorial sobre la discapacidad; la Ley Nº 28164 que compromete al Estado a contratar a no menos del tres por ciento de personas con discapacidad y el Decreto Supremo Nº 102-EF que otorga beneficios tributarios a las empresas que incorporen laboralmente a personas con discapacidad.

Finalmente el Presidente de CONADIS expresó, que lo hecho hasta el momento no resuelve las grandes necesidades de la población con discapacidad, pero que tiene la convicción que se han hechado las bases jurídicas e institucionales sobre el tema y que ahora corresponde profundizar una labor de mutua cooperación y responsabilidad compartida entre los diferentes sectores del Estado, para lograr la plena inclusión y participación de las personas con discapacidad en el quehacer nacional; para lo cual ofrece la asesoría y coordinación en materia de discapacidad a las entidades públicas y privadas del país. (sic)

 

Pero veamos que dice la ley en Perú y comparemos con la realidad

La ley del Perú define a la persona con discapacidad como aquella que tiene una o más deficiencias evidenciadas con la pérdida significativa de alguna o algunas de sus funciones físicas, mentales o sensoriales, que impliquen la disminución o ausencia de la capacidad de realizar una actividad dentro de formas o márgenes considerados normales, limitándola en el desempeño de un rol, función o ejercicio de actividades y oportunidades para participar equitativamente dentro de la sociedad.

En realidad en Perú existe una altísima tasa de PcD, que ellos mismos se quejen de no tener la cifra exacta es culpa de su propia ineficiencia administrativa, por la cual reciben onerosos sueldos. En el reciente censo tanto Conadis como la Comisión del Congreso, los Congresistas que pululan bajo el paraguas del tema de la PcD, el INEI y muchos otros organismos que medran alrededor del tema se olvidaron de colocar un recuadro y una simple pregunta en la Ficha del Censo que determinaría cuántos somos en Perú y siguen lamentándose de no tener cifras exactas.  A la luz de los cálculos de la OMS somos mas de tres millones de PcD en Perú, sin contar que sus familias vienen a participar de su realidad. He podido apreciar que en Perú hay una gran cantidad de niños fronterizos (border in line) que están en los centros educativos regulares pero son simplemente tildados de lerdos o disléxicos, cuando en realidad merecen un trato especial en aulas con aprestamiento, que les permita nivelarse a los niños de su edad. Estos niños van transcurriendo sus años escolares en medio de bajas notas, reprimendas y muchas veces son objeto de castigos corporales y hasta de didactogenias que les marca el resto de su vida. Por otro lado, tenemos una altísima población subalimentada y con procesos de crecimiento inadecuado, descalcificación y sujetos a escaladas infectocontagiosas a lo largo de su vida lo cual deteriora su salud y les priva de asistencia regular a las aulas, incluso muchos de ellos desertan tempranamente de las mismas. Por ultimo sin que eso signifique las únicas causas, hay mas, existe un clima de violencia familiar, comunal y social que deprime a la persona y a la familia lo cual en cierta forma.

En el caso del Perú el logro de los fines y la aplicación de la legislación relativa a las PCDs, se concreta a través del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), que fue originalmente incorporado como Organismo Público Descentralizado del Ministerio de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano (hoy Ministerio de la Mujer y el Desarrollo Social)

El CONADIS está integrado por los siguientes miembros: Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros, quién lo preside; un representante del Ministerio de Defensa; un representante del Ministerio del Interior; un representante del Ministerio de Educación; un representante del Ministerio de Salud; un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; un representante del Ministerio de la Mujer y el Desarrollo Social; un representante del Seguro Social de Salud – ESSALUD; un representante de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas; un representante de las Instituciones privadas de rehabilitación y educación especial de nivel nacional; tres representantes, uno por cada tipo de discapacidad, elegidos entre los integrantes de las Asociaciones de Personas con Discapacidad, legalmente constituidas; y, un representante de las Asociaciones de familiares de las personas con discapacidad por deficiencia mental, legalmente constituidas. Su Secretaría Ejecutiva esta a cargo del Ministerio de la Mujer y del Desarrollo Social.

El CONADIS tiene las siguientes funciones: formular y aprobar las políticas para la prevención, atención e integración social de las personas con discapacidad; aprobar su Plan Operativo Anual, supervisando y vigilando su ejecución y estableciendo la coordinación necesaria con las instituciones públicas y privadas, en relación con la materia de su competencia; elaborar su Reglamento de Organización y Funciones; recomendar a las diferentes entidades de los sectores público y privado, la ejecución de acciones en materia de atención, sistemas previsionales e integración social de las personas con discapacidad; elaborar proyectos de corto, mediano y largo plazo, para el desarrollo social y económico del sector poblacional con discapacidad; apoyar y promover el financiamiento de los proyectos que desarrollen las organizaciones de las personas con discapacidad; difundir, fomentar y apoyar la formulación e implementación de programas de prevención, educación, rehabilitación e integración social de las personas con discapacidad; supervisar el funcionamiento de todos los organismos que tienen que ver con las personas con discapacidad; demandar acciones de cumplimiento; fomentar y organizar eventos científicos, técnicos y de investigación que tengan relación directa con los discapacitados; dirigir el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad; imponer y administrar multas ante el incumplimiento de lo dispuesto en la Ley y su Reglamento; concertar con el sector privado el otorgamiento de beneficios para las personas con discapacidad; y ejercer las funciones específicas que le asigne el Reglamento de la Ley.

El CONADIS se financia con los siguientes recursos: Los que le son asignados presupuestamente por el Estado; un porcentaje de los recursos obtenidos mediante juegos de lotería y similares, realizados por las Sociedades de Beneficencia o directamente manejados por los gremios de las personas con discapacidad; los recursos directamente recaudados obtenidos por el desarrollo de sus actividades y por los servicios que preste, así como por las multas impuestas por el incumplimiento de la Ley; los recursos provenientes de la Cooperación Técnica Internacional; las donaciones y legados; y los fondos provenientes de las colectas que organice oficialmente.

En el marco de su accionar, la ley prevé que el CONADIS pueda celebrar convenios con las Municipalidades, para que en su representación vigilen el cumplimiento de la legislación sobre PCDs, Los gobiernos locales, por su parte, deben prever la formación de Oficinas de Protección, Participación y Organización de los Vecinos con Discapacidad (denominadas hoy OMPEDs).

La Ley de Perú señala que en la ejecución de su política de prevención, el CONADIS, en coordinación con las instituciones públicas correspondientes, realiza las investigaciones científicas necesarias para detectar las causas que ocasionan discapacidad en las diferentes zonas del país. Asimismo, que el Ministerio de Salud, en coordinación con el CONADIS, debe programar y ejecutar los planes de prevención primaria de las enfermedades y otras causas que generen discapacidad; ejecutar y coordinar con el Instituto Peruano de Seguridad Social (antes IPSS, hoy ESSALUD), y con los establecimientos de salud de los Ministerios de Defensa y del Interior, las acciones que permitan la atención de enfermedades establecidas para su prevención secundaria. En cuanto a los aspectos relacionados con la prevención terciaria, ejecutar y promover la ampliación de la cobertura de atención de las PCDS orientándose a su rehabilitación efectiva.

Las PCDs tienen derecho, de conformidad con esta ley, a acceder a los servicios de salud del Ministerio de Salud, cuyo personal médico, profesional, auxiliar y administrativo deben brindarles una atención especial en base a la capacitación y actualización en la comunicación, orientación y conducción que faciliten su asistencia y tratamiento.

En cuanto al apoyo a actividades y programas científicos, la ley peruana establece que el CONADIS debe promover y apoyar actividades y programas científicos en el ámbito de la genética y conferir especial atención a la investigación y normas para el cuidado prenatal y perinatal.

En materia de aparatos, medicinas y ayuda compensatoria para la rehabilitación, la ley señala que las prótesis, aparatos ortopédicos, medicinas, drogas y toda ayuda compensatoria para la rehabilitación física de las PCDs, deben ser proporcionados por los servicios de medicina física del Ministerio de Salud, con el apoyo y coordinación del CONADIS. Los servicios de medicina y rehabilitación física del IPSS y los hospitales de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, proporcionan directamente los requerimientos compensatorios.

En materia de servicios de intervención temprana, señala la ley del Perú, el CONADIS en coordinación con los Ministerios de Salud, de Educación y de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano, debe promover, apoyar, investigar y supervisar los servicios de intervención temprana, brindando especial énfasis a la orientación familiar, y difundiendo y apoyando los métodos y procedimientos especializados.

En materia de atención de la salud en las instituciones del Estado, la misma ley precisa que las instituciones del Estado en el campo de la salud, en coordinación con CONADIS, brindarán atención en todas sus especialidades a las PCDS, con la finalidad de alcanzar la recuperación de su salud. Con el mismo objeto, el Ministerio de Salud debe promover la participación de instituciones del sector privado para la atención de las PCDs en los servicios de salud que éstas posean.

La legislación sobre discapacidad del Perú dispone la adecuación progresiva del diseño urbano de las ciudades, a cargo del Ministerio de Transportes y de acuerdo con las especificaciones técnicas definidas por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Señala, asimismo, que, a partir de la dación de la ley y en el plazo de 1 año, todas las edificaciones deberían dotarse de medios de accesibilidad para las personas con discapacidad. La misma norma dispone que los vehículos de transporte público reserven asientos preferenciales cercanos y accesibles para el uso de PCDs.  Asimismo, que las Municipalidades dispongan la reserva de ubicaciones en cada parqueo público para vehículos conducidos o que transporten PCDs

 

La legislación del Perú en materia de discapacidad establece que los Centros Educativos Regulares (CER) y los Centros Educativos Especiales (CEE) contemplen dentro de su Proyecto Curricular de Centro, las necesarias adaptaciones curriculares que permitan dar una respuesta educativa pertinente a la diversidad de alumnos, incluyendo a niños y jóvenes con necesidades educativas especiales, correspondiendo al Ministerio de Educación formular las directivas del caso. La educación del PCDs estará dirigida a su integración e inclusión social, económica y cultural y, con este fin, los Centros Educativos Regulares y Especiales deben incorporar a las PCDs, tomando en cuenta la naturaleza de la discapacidad, las aptitudes de la persona, así como las posibilidades e intereses individuales y/o familiares. No puede negarse a nadie el acceso a un centro educativo por razones de discapacidad física, sensorial o mental, ni retirarla o expulsarla por este motivo. Son nulos todos los actos que, basados en motivos discriminatorios, afecten de cualquier manera la educación de una PCD.

Los establecimientos educativos de cualquier nivel, así como los organismos públicos y privados de capacitación que ofrezcan cursos y carreras profesionales y técnicas, deben adecuar sus procedimientos de ingreso para permitir el acceso de las personas con discapacidad. En el mismo sentido, las universidades públicas y privadas deben implementar programas especiales de admisión para PCDs.

Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú que hubieren quedado discapacitados en acto de servicio, que por tal motivo hubieren tenido que interrumpir sus estudios superiores, tienen un período hasta de 5 años de matrícula vigente para su reincorporación al sistema universitario. Facilidad que también es otorgada a los alumnos universitarios que, durante su período académico de pre-grado, sufrieran alguna discapacidad por enfermedad o accidente.

El Consejo Nacional de Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) tiene la obligación de promover el desarrollo actividades deportivas entre las PCDs. Para ello dispone de expertos, equipos e infraestructura adecuados para su práctica. De igual forma, promueve la creación de las Federaciones Deportivas Especiales que demanden las diferentes discapacidades, a fin de que el Perú pueda integrarse al Comité Para Olímpico Internacional y otros entes o instituciones internacionales del deporte especial. Los deportistas con discapacidad que obtengan triunfos olímpicos y mundiales en sus respectivas disciplinas son reconocidos por el Instituto Peruano del Deporte y el Comité Olímpico Peruano, en la misma forma con que se reconoce a los atletas y deportistas triunfadores sin discapacidad.

Las personas inscritas en el Registro Nacional de las Personas con Discapacidad tienen derecho a un descuento de hasta 50 % sobre el valor de la entrada a los espectáculos culturales y deportivos organizados y/o auspiciados por el Instituto Nacional de Cultura, el Instituto Nacional del Deporte y las Municipalidades.

La ley del Perú señala que las PCD gozan de todos los beneficios y derechos que dispone la legislación laboral común para los trabajadores. Establece, asimismo, que nadie puede ser discriminado por ser PCD, y califica como nulo todo acto basado en motivos discriminatorios que afecte el acceso, la permanencia y/o, en general, las condiciones en el empleo de las personas con discapacidad. El Consejo para la Integración de las Personas con Discapacidad (CONADIS) coordina y supervisa la ejecución de planes permanentes de capacitación, actualización y reconversión profesional y técnica para las PCDs, dirigidos a facilitar la obtención, conservación y progreso laboral, dependiente o independiente. Coordina y apoya al Ministerio de Trabajo y Promoción Social, para la adopción de medidas de fomento del empleo y programas especiales para PCDs. Promueve y supervisa la aplicación de la normatividad en materia de programas de prevención de accidentes laborales y de contaminación ambiental que ocasionen enfermedades profesionales y generen discapacidad.

Las medidas de promoción para la integración de PCDs en el mercado de trabajo son variadas. En efecto, las entidades públicas o privadas que empleen PCDs tienen derecho a una deducción sobre la renta bruta referida a las remuneraciones pagadas a éstas personas, en un porcentaje que es fijado por el Ministerio de Economía y Finanzas. Las PCDs, por su parte, tienen derecho a una bonificación de 15 puntos en los concursos de méritos convocados para cubrir vacantes en el sector público. La ley prevé el otorgamiento de créditos preferenciales y/o financiamiento a las micro y pequeñas empresas integradas por PCDs, y un trato preferencial por parte de las empresas e instituciones del sector público a los productos manufacturados y servicios provenientes de micro y pequeñas empresas integradas por PCDs, tomando en cuenta similar posibilidad de suministro, calidad y precio para su compra o contratación.

La legislación peruana define a las Empresas Promocionales para Personas con Discapacidad (EPPCD) como aquellas que, constituidas bajo cualquier modalidad de organización o gestión empresarial, desarrollan cualquier tipo de actividad de producción o de comercialización de bienes o prestación de servicios y ocupan un mínimo del 30% de sus trabajadores con PCDs. Las mismas se acreditan en el Ministerio de Trabajo, quien fiscaliza el cumplimiento efectivo de la proporción establecida de sus trabajadores discapacitados. Los gobiernos regionales y locales deben promover la comercialización de los productos manufacturados por PCDs, a través del fomento de la participación directa de estas en ferias populares, mercados y centros comerciales dentro de su jurisdicción.

La ley peruana obliga al CONADIS a coordinar con entidades públicas y privadas relacionadas con la promoción del desarrollo, la formación de un Banco de Proyectos para facilitar y promover las EPPCD; instaurando progresivamente, a través de sus actividades de coordinación nacional e internacional, un Fondo Rotatorio para la promoción financiera de estas empresas.

La Ley de Perú establece que el Estado tiene la obligación de promover el ingreso a la Seguridad Social, de las personas con discapacidad, mediante regímenes de aportación y afiliación regular o potestativa. El CONADIS coordinará un régimen especial de prestaciones de salud asumidas por el Estado para personas con discapacidad severa y en situación de extrema pobreza, el cual será fijado en el Reglamento

   

Si todo lo anteriormente referido en cuanto a la legislación fuera cierto, entonces estaríamos ante un estado eficiente y justo, pero la verdad no es así.

Veamos, es cierto que el CONADIS existe y que tiene en su directorio todas las personas mencionadas en la ley y que su directorio principal recibe muy buenos sueldos por representarnos, pero desde su primer representante hasta el actual, todos han sido duramente cuestionados por irregularidades en el ejercicio de sus cargos, es mas, entre los dirigentes de los colectivos que agrupan instituciones representativas han tenido diversos enfrentamientos verbales que revelan irregularidades en sus funciones. Son estos dirigentes los que acceden en algún momento al directorio del CONADIS y en ese afán se enfrentan por la pugna al cargo.

Justamente en lo concerniente al financiamiento se refiere a loterías y ello ha dado una serie de denuncias en cuanto al manejo de estos mecanismos y las ansias de tener el dominio de esos recursos, por determinados colectivos que se encuentran por largos años en manos de ciertas personas ya identificadas y lógicamente a entornos que les rodean.

Del mismo modo el manejo de las donaciones deja mucho que desear, inclusive en el decenio anterior tuvo denuncias muy escandalosas, por ello la Comunidad Internacional va perdiendo confianza en el tema, lo cual perjudica a las instituciones, por la conducta inmoral de algunos grupúsculos.

Del mismo modo, las Municipalidades han desoído la voz de la ley que dice claramente en su Art. 10 sobre la implementación de Oficina de Atención de las PcD, OMAPED, lo cual nos preocupó enormemente el año 1999 y nos ocasionó terribles decepciones. Aún en el caso de haberse instalado dichas oficinas, sus representantes son limitados en sus funciones y los hacen dependientes de otras áreas y les impiden realizar tareas que podrían ayudar mucho a la optimización del tema.

La función preventiva que debería cumplir en este caso el CONADIS queda opacada por la indiferencia de muchas otras instituciones que deberían tomar parte en la hermosa tarea de prevenir, por ejemplo salud, educación, trabajo. Pondré ejemplos, en salud se descuida el manejo en el área asistencial, lo cual muchas veces causa discapacidades en caso de partos u otros casos de pacientes mal atendidos, las medicaciones impropias y las secuelas de excesos fármaco terapéuticos como el caso de ciertos antibióticos; en educación se omite el dar información en las aulas, en un curso que proyecte esa preocupación, lamentablemente ahora se ha restringido la educación, omitiéndose asignaturas que antes se impartían, ahora  ya no, no se habla de temas necesarios. Recuerdo el caso de una adolescente que me comunicó que en su familia tenía dos hermanos con distrofia muscular y no fue informada que ella si bien no sufría la enfermedad era potencialmente portador asintomático. Igualmente en otro pueblo me encontré con una pareja que tenían un hijo con distrofia y me dijeron que nunca habían sido informados. Ambos casos eran referidos a Distrofia Duchenne en el que eran los varones los afectados, siendo la mujer portador asintomático. En referencia a trabajo que es donde se puede hacer una gran labor educativa y preventiva, es justamente donde en primer lugar se omite la información que puede evitar accidentes desencadenantes de discapacidades y luego la omisión del uso de implementos protectores para la vista, oído, cabeza y resto del cuerpo, por ejemplo la frecuencia de tiempo de trabajo en aparatos con diversa radiaciones y en segundo lugar la imprudencia en el manejo de vehículos y/o máquinas industriales .

En la facilidad de acceso a los beneficios de salud del estado, debo anotar que tanto el SIS o Seguro Integral de Salud (Ministerio de Salud) como EsSalud  (Seguridad Social) tienen limitaciones de atención a las personas con ciertas enfermedades lo cual resulta una especie de segregación, que impide que determinadas personas puedan disfrutar de los pocos beneficios que brinda el sistema. Ver el formulario del Plan Protección Vital, si lo examinan minuciosamente verán que efectivamente tiene enormes limitaciones. Ese Contrato es referente al Seguro Potestativo, la nueva modalidad que EsSalud ha implementado para que se inscriban todos aquellos que no tienen trabajo y desean tener seguro de salud, pero que a la vista apreciamos que lejos de dar seguridad provoca inseguridad.

 
 
 
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Cojines de agua antiescaras para silla de ruedas

 

Es la mejor alternativa para prevenir las escaras, en personas que deben estar sentadas varias horas en silla de ruedas, pero también para curarse de estas molestas ulceras de cubito, en su interior contienen un rodete que puede ser llenado con aire o con agua.

Puede también utilizarse para proteger de una ulcera en la cama, aunque estamos desarrollando un proyecto para hacer nuevos colchones de agua que podríamos confeccionar solo a pedido autorizado

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