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NORMAS LEGALES O
CRÓNICA ROJA.
Hoy doce de Marzo, me detuve con mucha intención a leer la sección Normas Legales del Diario El Peruano y me encontré con la ingrata experiencia saber lo que trataba esa sección periodística tan buscada por determinados sectores burocráticos, si, o era un lugar donde uno encuentra dispositivos legales rutinarios o era una sección roja de cualquier otro periódico y es que empecé a leer los titulares y me asombré de encontrar en su mayoría hechos delictuosos y otros que me hacían dudar acerca de la intención con que fueron dictados esos dispositivos legales, decretos, resoluciones, ordenanzas, acuerdos, etc. Ciertamente
lo primero que leí fue la Ley No. 27942
Ley de prevención y sanción del hostigamiento sexual de fecha
5 de Febrero del 2003 pero publicada el 27.2.2003. Es
una ley que se ha dado con la finalidad de proteger a muchos sectores de
trabajadores y hasta los institutos armados y centros educativos porque
es una realidad que no se puede soslayar, muchos dueños de empresas
jefes de oficinas condicionan la contratación de sus empleados (as) a
requerimientos o favores sexuales en donde incluso hay presencia de
homosexuales, esto mas notorio en los institutos armados lo cual trajo
gran controversia en ciertas declaraciones ministeriales y ni hablar de
los centros educativos donde también hay casos de embarazos,
violaciones, vejaciones y acoso de índole sexual. Sin
dejar de comprender que es una ley necesaria no podemos dejar de
comprobar que la moral es frágil y ciertos sectores de la humanidad,
esclavos de los instintos Luego
encontré el Decreto Supremo 0003-2003-JUS en donde estaba redactada la
siguiente expresión : “Registro de confesiones distintas a la Católica
“, esto con fines de donaciones, pero lo que me llamó la atención es
la manera como se divide los conceptos religiosos en Perú, católicos y
no católicos. Justamente esto es lo que está en discusión al momento
de redactar el articulado de la nueva constitución de la república.
Por qué darle esa predominancia a la religión católica y a partir de
allí denominar a las otras como confesiones distintas a la católica,
ello indica el privilegio, preferencia o predominancia que se da a la
religión católica en Perú. Debemos considerar que una cosa es población
inscrita en los libros parroquiales y otra es la población practicante.
Ellos mismos distinguen entre los católicos de nombre y los
practicantes, de manera que si tuviéramos que aglomerar a los
“practicantes” del catolicismo tendríamos una población mas
reducida para sus estadísticas. Ni
siquiera las procesiones nos indicarían estas poblaciones porque está
demostrado que quienes van a la procesión no son todos católicos, hay
muchos comerciantes, otros ladronzuelos, pervertidos y hasta gente que
va casi obligada a estaos eventos, porque la mamá le llevó, o la
esposa, tal vez la novia, etc. Por
experiencia he notado que a los templos evangélicos van muchísima mas
gente sincera, definitivamente convertida y comprometidos con su fe. Del
mismo modo tenemos a denominaciones no cristianas que merecen el mismo
respeto que cualquier cura de parroquia, ya que son seres humanos que
tienen sus filosofías de vida y alta espiritualidad, profundo respeto
por sus familias e instituciones. Es así que al momento de redactar los
artículos pertinentes a libertad religiosa debe contemplarse que religión
no solamente hay una sino muchas e incluso hay personas que no tienen
creencia espiritual alguna, o son ateos y son tan respetables como los
creyentes en algo, por ello debería contemplarse al momento de redactar
el articulado pertinente, una verdadera concepción de libertad
religiosa, que contemple la no imposición de alguna religión oficial,
ya que ese concepto va quedando atrás en cuanto a lo que debe ser
democracia auténtica. Avanzando
en la lectura de ese cuadernillo que tiene 60 paginas, leí un titular
que decía “Deniegan el funcionamiento provisional de la universidad
particular Santo Tomas de Aquino, regentado por una congregación de
religiosas dominicas en La Molina Lima.” Y
las causas estaban allí redactadas, pero lo que me sorprendió es la
denegación al funcionamiento de una entidad particular que en todo caso
ayudaría mucho a la formación de profesionales. Cada año postulan a
la Universidad San Marcos decenas de miles de jóvenes deseosos de
estudiar una carrera profesional y solo el 10% de esos postulantes
logran ingresar a la universidad, creo que sería una magnifica
oportunidad, para quienes pueden sostener una mensualidad, pues tener un
centro de estudios superiores regentado por quienes han demostrado
durante muchos años, que son expertas en la administración de centros
educativos y me refiero a las religiosas dominicas, quienes tienen
presencia en muchos lugares de Perú y el mundo orientando sus esfuerzos
a la educación de niños, adolescentes y jóvenes; entonces por que
denegar esta autorización o es que hay intereses de por medio,
intereses de otras universidades particulares que verían menguada su
posibilidad de ingreso económico a sus arcas. Por que en esos
menesteres se mueven influencias y recomendaciones, así que... Pero
cuando me desconcerté fue cuando leí un titular donde se mencionaban términos
como : delitos de colusión, peculado apropiación ilícita, negociación
incompatible, contra la fe publica, abuso de autoridad. Y lo que es
peor, quienes estaban comprometidos en estos delitos eran alcaldes,
regidores, funcionarios de siete municipalidades del país, solo en esta
separata; pero cuantas publicaciones como ésta hay durante un mes ? Y
le presté mas atención, ya que durante 2002 viví en Mollendo capital
de la provincia de Islay, donde investigue arduamente sobre el gobierno
del alcalde local el C.P.C. Miguel Román Valdivia. Y
empecé a estudiar detalladamente todo la resolución que firmaba el
titular de la Contraloría General de la República y me encontré con
una serie de calificativos propios de un legajo delincuencial, parecían
términos de los que se usan para adjetivar al inefable Vladimiro
Montesinos Torres. Todos estos alcaldes estaban siendo postulados para
que el señor Procurador Publico correspondiente, en nombre y
representación del estado interponga las acciones legales por los
hechos expuestos contra los presuntos responsables comprendidos en el
informe. Aquí
se habla que se evidencian la
existencia de indicios razonables de comisión de delitos, por lo que
recordé cuánto se decía de aquel alcalde de Islay quien dicho sea de
paso fue reelegido, ya que, según se afirmaba, era una persona que había
hecho muchas obras en la localidad, pero claro hacer obras era ocasión
de agenciarse economía de una manera inadecuada, a mas obras, mas
proveedores, servicios y compras de materiales y artículos que
pueden ser sobre valorados, cantidades infladas, facturas extrañas,
gastos no justificados, etc. etc. y todo ello lleva a enriquecimiento ilícito
lo cual solo puede ser descubierto con un proceso de control por
personas expertas en ello. Quienes cometen delitos siempre dejan cabos
sueltos y detalles que solo son notados por quienes justamente son
expertos en descubrirlos y eso sucedió con estas siete municipalidades. Yo
se de otros casos en donde ciertos alcaldes desvían determinados
dineros para programas sociales a compras de tipo personal, a ser fondos
para planillas de sus favoritos, para construir una casa para el o la
amante (porque de todo hay) o para fiestas de sus allegados y hasta en
determinados festines donde el sexo es el plato fuerte. Lo mas grave es
cuando personajes que son homosexuales toman posesión de estos cargos
allí entonces si que se agrava el asunto ya que esos sujetos consumen
mucho dinero en licores, regalos, fiestas, bacanales y orgías, para
sostener los gastos de sus parejas; son personas muy vulnerables al
chantaje y a las “afectividades”. No soy homo fóbico, pero creo que
se deben guardar distancias entre lo que es moral, ético,
responsabilidad y respeto a las buenas costumbres y lamentablemente los
homosexuales en su mayoría son personas que lindan con el escándalo y
lo antinatural. Las
municipalidades que en ese cuadernillo están observadas por la
Contraloría General son : Municipalidad
de Puente de Piedra. Municipalidad
provincial de Rioja, San Martín Municipalidad
distrital de Colcabamba, Prov. Tayacaja,
Huancavelica. Municipalidad
distrital de Llama, Chota, Cajamarca. Municipalidad
distrital de San Felipe, Jaén, Cajamarca. Municipalidad
distrital de San Juan Cajamarca, Cajamarca. Municipalidad
de La joya, Arequipa, Arequipa ( Falsificación de documentos.) Municipalidad
provincial de Islay, Arequipa. Otro
tipo de normas legales expedidas por diferentes organismos del estado me
sorprendieron y comprendí como es que determinados funcionarios desvían
dineros confiados a su administración orientados a los amigos,
familiares e inclusos a ellos mismos cuando se forman empresas
gerenciadas por testaferros que solo sirven de fachada para cometer el
delito. Y
es así como diversas “empresas de servicio” sea de vigilancia,
asesores, etc. pasan a cobrar jugosas cantidades en la caja de ciertas
oficinas estatales donde han sido seleccionados para prestar servicios a
determinado organismo que tiene como gerente, titular o director a un
amigo o familiar.} Conocí
en Islay a un funcionario de Sedapar que tenia un service de
instalaciones y reparaciones de servicios de agua y desagüe, así que
hacia dónde creen Uds. que iban las ordenes de trabajo ? A la empresa
de dicho funcionario ¡ Un escándalo ¡ y ahora ese funcionario es
regidor municipal. También
conocí al director de un centro educativo, que en su cargo se fraguó
una partida de nacimiento, si, falsificada,
ahora ese educador también es
regidor municipal y así hay muchas “perlas”. Y
es que para justificar un gasto se ha recurre a una selección de
postores que permita tener calidad y honestidad en la obra ejecutada y
por ello es que se hacen concursos donde
se califica precios, tiempo, material utilizado, normas de seguridad,
durabilidad, etc. Hay muchos factores calificables, pero qué pensar
cuando aparecen determinados dispositivos que hacen suponer que se han
dado preferencias por
insospechados motivos. Para que levantar la sospecha, si es mejor seguir
los cauces normales, licitaciones, concursos,
y no dar una mala imagen de proximidad al delito. Por
ejemplo me encontré con ciertas ordenanzas que tenían los siguientes
subtítulos. Exoneran
del proceso de selección y
contratación de personal especializado en publicidad para asesoría en
RENIEC Exoneran
del proceso de adjudicación directa selectiva ala contratación de
personal de seguridad y vigilancia para el Instituto de Enfermedades
Neoplásicas EDUARDO CACERES GRACIANI. Exoneración
del proceso de selección para la
contratación de profesionales expertos mediante servicios personalísimos. Presidencia
del Consejo Nacional de Descentralización. En
la municipalidad de Catacaos, Piura, se
exonera por 120 días la adquisición de insumos para el programa del
vaso de leche por encontrarse dicho
programa en declaratoria de
urgencia. Municipalidad
de Supe exoneran del proceso de selección para contratar libre y
directamente a una empresa de servicios. Municipalidad
provincial de Cañete su Alcaldesa autoriza para la contratación de
empresa de cobranzas especiales. Por
eso es que también se encuentran normas como la siguiente : Inician
proceso administrativo disciplinario a ex funcionarios de la
Municipalidad distrital de Breña Lima por in conducta funcional,
negligencia en el cumplimiento de sus funciones y la desaparición
de tres discos duros, etc. Por
ultimo, estos días se habla mucho acerca de los jugosos sueldos de los
presidentes regionales, aunque mejor debería hablarse de las
veinticinco nuevas planillas que se han creado por obra y gracia de la
descentralización, sin embargo los alcaldes y los regidores no se
quedan atrás y se ha producido una estampida de funcionarios en todo el
país, a ver quien gana mas, quien se asigna mas sueldo y gollerías. Por
ejemplo S/ 1,395.00 (45% de UIT) es la dieta
por sesión, teniendo como máximo 4 , para los regidores, mientras el
alcalde se fija remuneración mensual nueva en la Municipalidad
distrital de Villa Maria del Triunfo, Lima. Y
así suceden muchas cosas en nuestro país de las maravillas, por ello
es que necesitamos educar a nuestros hijos en la honestidad, honradez
y moralidad a toda prueba, no acostumbrarlos a los chantajes ni a
la mentira, educarlos en la búsqueda de valores que les procuren
verdadera felicidad y no en una hedomanía fornicaria ni pervertida.
Ahuyentar de sus vidas las costumbres malsanas, enseñarles a ser
moderados, temperantes y equilibrados, que odien el robo, el engaño y
el abuso; que sepan apreciar la libertad y honren el buen nombre de sus
padres y familia en general. Sólo
así lograremos mas tarde autoridades justas y honestas y no veremos sus
nombres en juicios, sentencias ni listas de presos, como tampoco los
titulares de los diarios se ocuparan de ellos como delincuentes sino
como personas honorables. Otro
día nos encontraremos en la red, para hablar sobre temas más gratos Jorge
Paredes Romero DNI
10380914 |
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